Quiebra Fácil
Empieza de cero, sin deudas.
Quienes Somos
Quiebra Fácil es un estudio de abogados de Valdivia que cuenta con años de experiencia en orientar a personas y empresas con problemas de deudas e insolvencia.
Ofrecemos una gestión integral en materias de derecho civil y comercial, así como orientación tributaria y educación financiera.
Acompañamos a nuestros clientes durante todo el procedimiento de quiebra hasta su total rehabilitación económica, para no dejarlos a merced de sus acreedores, generalmente bancos y empresas de retail.
Somos conscientes de las dificultades económicas que atraviesan nuestros clientes dando facilidades de pago que se ajusten a sus necesidades y evaluando nuestros honorarios caso a caso.
Nuestro sello local incorpora valores de honestidad y profesionalismo. Creemos que la rehabilitación económica de personas y empresas constituye un pilar fundamental para salvaguardad el empleo y la prosperidad económica de nuestra Región.
Pasos a Seguir
1. Agendar una hora al siguiente teléfono: 9 8762 3136 o al correo contacto@quiebrafacil.cl en la que recibirá orientación y evaluación gratuita.
2. Obtener los siguientes documentos:
a) Certificados de deuda, por ejemplo, Informe de Equifax (Dicom);
b) Clave única del Registro Civil, la que se puede obtener de manera gratuita e inmediata. Con ella obtenemos información acerca de los cobros judiciales realizados por sus acreedores.
c) Clave de SII la que nos permite establecer si Usted es persona o empresa deudora.
3. Con dichos antecedentes redactamos la demanda y la presentamos en el Tribunal correspondiente a su domicilio.
4. Una vez interpuesta la demanda deberá concurrir al Tribunal para conferir poder a los abogados patrocinantes o firmar un mandato judicial en Notaría que nos habilita para representarlo en el procedimiento de quiebra.
Preguntas Frecuentes
PROCEDIMIENTO CONCURSAL DE LIQUIDACIÓN DE LOS BIENES DE LA PERSONA DEUDORA
Es un procedimiento judicial que tiene por finalidad eliminar las deudas de una persona en el plazo
aproximado de 1 año, permitiéndole empezar de cero y rehabilitarse económicamente.
Todas las personas (trabajadores dependientes o independientes, dueñas de casa, estudiantes,
jubilados, etc.) que mantengan deudas vigentes, ya sea una deuda o varias, con uno o varios
acreedores, tales como bancos, tiendas de retail, cajas de compensación, supermercados,
farmacias, etc.
Ante el Juzgado Civil correspondiente al domicilio del deudor. Así, si Usted tiene domicilio en
Valdivia, deberá presentar su solicitud de quiebra ante los Juzgados Civiles de esta ciudad,
representado por un abogado.
La ley exige que la persona que se declara en quiebra ponga todos sus bienes a disposición de sus
acreedores, ya sean propiedades, vehículos o bienes muebles, tales como equipos de música,
televisores, secador de pelo etc. La ley no exige un número mínimo de bienes, pero señala que
deben ser todos los bienes del deudor. Quedan fuera los bienes inembargables, tales como
camas, cocina, refrigerador y todos los necesarios para la subsistencia de la persona y su familia.
Por tanto, la quiebra es una alternativa ideal para personas que tengan muchas deudas, pero
pocos bienes.
La ley obliga a los acreedores a detener todas las cobranzas en contra del deudor, tales como
llamadas, mensajes de texto, correos electrónicos, etc. Lo mismo ocurre con los juicios ejecutivos
en contra del deudor, los cuales quedan totalmente paralizados. La idea es que todos los
acreedores hagan valer sus créditos en el procedimiento de quiebra, en igualdad de condiciones
con los demás acreedores.
Los acreedores se pagan con la venta de los bienes del deudor, incluso si el resultado de la venta
no alcanza para cubrir la totalidad de las deudas.
La ley de quiebra establece un plazo sospechoso de 2 años, contados hacia atrás desde el ingreso
de la solicitud de quiebra. En ese período el deudor no puede haber hecho traspasos de bienes a
terceros, ya que se presume mala fe. Si la persona hace traspaso de sus bienes antes de declararse
en quiebra, pueden aplicarse sanciones penales en contra el deudor y sus abogados.
El Liquidador Concursal es un tercero que interviene en el procedimiento de quiebra y que tiene la
misión de vender los bienes del deudor, para así pagar a los acreedores con el resultado de esa
venta. El Liquidador Concursal investiga al deudor para saber qué bienes tiene a su nombre. Para
ello puede solicitar oficios a distintos organismos, tales como el Conservador de Bienes Raíces,
Servicio de Impuestos Internos, Servicio de Registro Civil e Identificación, entre otros. También
tiene la facultad de querellarse contra el deudor, en caso de que éste haya ocultado sus bienes.
La resolución que declara el término del procedimiento de quiebra, tiene el efecto de extinguir
todas las deudas contraídas por el deudor, liberándolo del pago a sus acreedores.
En promedio, el procedimiento tiene una duración de un año.
Sí, con la sentencia judicial EQUIFAX está obligado a eliminar la información del deudor de su base
de datos.
Sí, la ley no impone ninguna limitación para que la persona pueda volver a solicitar créditos en
bancos, tiendas u otras instituciones. Si un banco niega a la persona un crédito en base a que ésta
se declaró en quiebra, se trata de un caso de discriminación arbitraria prohibido por la ley.
QUIEBRA DE LA EMPRESA DEUDORA:
Es un procedimiento judicial que tiene por finalidad eliminar las deudas de una empresa en el
plazo aproximado de 1 año, permitiéndole empezar de cero y rehabilitarse económicamente.
La ley establece que es empresa deudora toda persona jurídica privada, tales como sociedades por
acciones (SpA), sociedades de responsabilidad limitada, sociedades anónimas, empresas de
responsabilidad individual (E.I.R.L.), etc.; y toda persona natural contribuyente de primera
categoría, como sería el caso de personas profesionales o técnicos que han emitido boletas de
honorarios en los últimos 3 periodos tributarios, antes de iniciar la quiebra.
Se deben poner a disposición sólo los bienes de la empresa. Por tanto, los bienes personales están
salvaguardados y no pueden ser incautados.
La Empresa Deudora pierde la administración de todos sus bienes presentes y éstos pasarán a ser
administrados por el Liquidador Concursal.
El procedimiento de quiebra termina con una sentencia judicial que declara extintas las deudas de
la empresa deudora.
Una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la resolución que declara el término del Procedimiento Concursal de Liquidación, se entenderán extinguidos por el solo ministerio de la ley y para todos los efectos legales los saldos insolutos de las obligaciones contraídas por la Empresa Deudora, con anterioridad al inicio del Procedimiento Concursal de Liquidación.
La Ley 19.628 sobre Protección de la Vida Privada prohíbe a DICOM entregar información sobre
deudores que se hayan acogido a un procedimiento de quiebra y cuyas deudas se hayan
extinguido por una sentencia judicial. Por tanto, están obligados a borrar a la persona o empresa
de sus registros de deudores.
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